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Sea
y sea un punto interior de .
Ponemos
y consideramos
la aplicación
de en .
Sea una bola abierta de contenida en . Entonces
es una bola abierta de de centro en 0,
contenida en . El vector es pues un punto interior del conjunto .
Sea
una aplicación afín continua. Deseamos que, en un sentido por
precisar, ``aproxime la aplicación cerca del punto ''.
En primer lugar exigimos:
|
(3) |
Pedir luego que sea meramente
sería bien insuficiente, pues si es continua en , esta condición se cumple para cualquier aplicación afín continua . En vez de lo último
requerimos pues que, cuando , la diferencia
``tienda a cero más
rápidamente que '' es decir:
|
(4) |
Si se cumplen las relaciones (3) y (4), se dice que la aplicación afín continua es TANGENTE A LA APLICACIÓN EN EL PUNTO .
Mediante (3) vale:
luego (4) reza:
donde
es una aplicación lineal continua .
Estas consideraciones nos conducen a la siguiente:
Esta relación claramente equivale a:
Salvo cuando nos sea realmente útil, omitiremos en fórmulas de este tipo la referencia explícita al conjunto donde varía .
Teorema 3.1 (y definición)
La aplicación lineal continua
en la fórmula (5), si existe, es única. Se llama la DIFERENCIAL DE LA APLICACIÓN EN EL PUNTO y se le designa por .
Existe, pues, entonces, una única aplicación afín continua
tangente a en el punto a. Está dada por:
Demostración
Supongamos que existe . Fijemos arbitrariamente un vector en . Apliquemos la fórmula (5) al
vector
con
tal que
, lo que implica
. Obtenemos:
Equivalentemente, al dividir el numerador y denominador por :
La última fórmula prueba que existe la derivada
y vale:
de donde la unicidad de .
Observación 1
La fórmula (5) de la definición 4.2.3 se escribirá de aquí en adelante explícitamente:
|
(6) |
Con más frecuencia escribiremos equivalentemente:
Existe una aplicación
tal que:
y
|
(7) |
Observación 2
La demostración del teorema 4.3.1 enseña lo siguiente:
Si es diferenciable en el punto , para todo existe la derivada
y vale
:
Así pues en este caso la aplicación
es una aplicación lineal
continua de en y, de hecho, coincide con la diferencial .
En particular si es de dimensión finita y
es una base de , obtenemos al poner:
o sea
|
(8) |
donde
son las derivadas parciales de en con respecto a la base
de E.
Observación 3
Sean
. Si es una constante en , es diferenciable en todo punto
interior p de y para todo tal punto p:
Demostración
Sea el valor constante de en . La relación (7) de la
observación 1 es válida con
y , de donde la
conclusión.
Observación 4 (Carácter local de la diferenciación)
Sean
y un punto interior de . Sea una parte de tal que
es también punto interior de . La aplicación es diferenciable en el punto
si y sólo si su restricción al conjunto es diferenciable en el punto y entonces vale:
Demostración
Siendo un punto interior de , existe
tal que:
Luego
. Sea una aplicación
lineal continua de en . Cada una de las relaciones:
equivalen a:
Luego las relaciones (9) y (10) son equivalentes entre sí, de donde la conclusión.
Teorema 3.2
Si la aplicación es diferenciable en el punto , es continua en .
Se desprende, por ejemplo, de la fórmula (7) en la observación 1 arriba:
Teorema 3.3
El cambio de normas en y por sendas normas equivalentes no afecta ni la diferenciabilidad de en el punto
ni, en su caso, la diferencial .
Demostración
Sean
las ``antiguas'' y
las ``nuevas'' normas en
sendos espacios vectoriales , . Puesto que
es equivalente a y
es equivalente a , por el teorema 4.2.1 existen números positivos
tales que:
|
|
|
(11) |
|
|
|
(12) |
Supongamos que para las antiguas normas
la aplicación es diferenciable
en el punto con la diferencial . Desde un principio notemos que es también una aplicación lineal
continua de en para las nuevas normas, pues éstas definen sobre sendos espacios , las mismas
topologías que las antiguas. Por la fórmula (6) en la observación 1, después del teorema
4.3.1, nuestra hipótesis significa:
Explícitamente, dado cualquier , existe tal que:
|
(13) |
Tomemos:
de donde por (11):
. De ahí , por la implicación (13) y la primera desigualdad en (12):
o sea, por la segunda desigualdad en (11):
Así viene probado que:
Luego es diferenciable en el punto según las nuevas normas con la misma diferencial que con las antiguas.
Este teorema dice esencialmente que la diferenciabilidad y la diferencial dependen no tanto de las normas individuales en y como
de las topologías que dichas normas inducen en sendos espacios , .
Consideremos el caso de ser , de dimensiones finitas. Sabemos por el teorema 4.2.15 que en el caso
considerado, las topologías tanto de como de (que son las topologías ``naturales'' de estos espacios) no dependen de la elección de
las normas.
Al hacer el cálculo diferencial con espacios afines de dimensiones finitas es, pues, inútil precisar las normas que se usan en los correpondientes
espacios vectoriales asociados. Para resolver un problema particular se puede sin pérdida de generalidad trabajar con normas más cómodas para éste.
En el caso de ser de dimensión finita, en virtud del teorema 4.2.6 sobra también el calificativo ``continua'' para la aplicación lineal
en la
definición de la diferenciabilidad.
Demostración
Por la fórmula (5) después de la definición 4.1.5 vale
(resp.
) y
:
|
(14) |
Por el teorema 4.2.19 es una aplicación lineal continua: . Luego
la relación (14) es un caso particular de la relación (7) de la observación 1, después del teorema
4.3.1, con .
De ahí la conclusión.
En particular:
Si es un abierto de vale:
Corolario 3.1 (del teorema
4.3.4.)
Sean , espacios vectoriales normados y
una aplicación lineal
continua (o la restricción de tal a un abierto S de E). Vale:
En efecto, según la observación después del teorema 4.1.5 y el teorema 4.1.7,
es un caso particular de una aplicación afín continua y es su propia parte lineal.
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Guillermo M. Luna
2009-06-14